COLOMBIA (Pulso) — La Corte Constitucional declaró exequible más del 90% de la reforma pensional colombiana. Nueve artículos regresan a la Cámara de Representantes para subsanar vicios de trámite. El plazo es de 30 días contados desde la notificación de la sentencia.
Así lo confirmó Andrés Velasco, presidente de Asofondos, gremio que agrupa a Colfondos, Porvenir, Protección y Skandia. «La primera conclusión que sacamos es que ya tenemos una reforma pensional», señaló Velasco.
La Corte fijó el 1 de abril de 2027 como fecha de entrada en vigencia. Ese plazo equivale, según Velasco, a unos seis meses después del tiempo estimado para que el Congreso complete la subsanación.
La estructura central se mantiene: cuatro pilares —solidario, semicontributivo, contributivo y ahorro voluntario—. En el pilar contributivo, Colpensiones administra el componente de prima media hasta 2,3 salarios mínimos; las AFP gestionan el componente complementario de ahorro individual.
Entre los artículos devueltos figura el inciso 4 del artículo 11, que establece que las cuentas de ahorro individual son propiedad de los afiliados y constituyen un patrimonio autónomo. También el artículo 36, que permite descontar 50 semanas por cada hijo —hasta tres hijos, es decir, hasta 150 semanas— para mujeres que lleguen a la edad de pensión sin completar semanas requeridas.
El artículo 76, que habilitó la «ventana de oportunidad» para el traslado de régimen de alrededor de 150.000 afiliados, fue declarado exequible.
Velasco advirtió que quedan pendientes demandas ciudadanas por vicios de fondo en la Ley 2381 de 2024. La Corte deberá estudiarlas por separado. «Esas revisiones de constitucionalidad de las otras demandas siguen pendientes», afirmó.
Desde Asofondos anunciaron un análisis más detallado una vez se publique el texto completo del fallo.
Confirmado. La reforma más polémica del gobierno Petro sobrevive su primer gran examen judicial, pero el partido no termina. Las demandas de fondo mantienen la incertidumbre sobre el umbral que obliga a todos los cotizantes a pasar por Colpensiones —el punto que más resistencia generó en el sector privado—. Para los afiliados a fondos privados, la clave está en que el patrimonio autónomo de las cuentas individuales quedó blindado en el texto exequible. El reloj de 30 días empieza a correr.



